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Creative Commons: las ideas se comparten… ¿el autor se desprotege?
Con la idealización de un revolucionario intercambio creativo y cultural en la era de la Sociedad de la Información, Creative Commons intentó hacer lo que el Free Software hizo en el desarrollo, la distribución y el uso de aplicaciones informáticas… ¿lo logró?
Creative Commons es una iniciativa que podría describirse como el intento por llevar las filosofías del Free Software a la cultura social, rompiendo de esta forma con los límites tecnológicos a los que se enfoca exclusivamente GNU GPL. Creative Commons busca impulsar el intercambio de ideas y enriquecimiento del contenido de Internet, protegiendo a los creadores. Se trata de una alternativa al Copyright, a las tradicionales leyes de protección de autor, en donde se da prioridad a la obra en sí misma y a su amplia difusión más allá de quién la haya hecho.
Pensado a partir de las revolucionarias ideas y logros de la Fundación del Software Libre, que llevó adelante Richard Stallman, nació cuatro años atrás esta iniciativa: Creative Commons. Detrás del proyecto, se posicionan al día de hoy las Universidades de Derecho de Harvard y Stanford, y lo sustenta el Center for the Public Domain, institución que tiene como presidente al reconocido investigador Lawrence Lessing, y a otros expertos de diversas áreas legales y profesionales en tecnología.
Derechos dinámicos para un mundo dinámico
Se busca un modelo acorde a los tiempos en los que vivimos. El uso de la computación y el cada vez más fácil acceso a Internet, permiten que cualquier persona sea capaz de crear un mundo innovador y de darlo a conocer en segundos, a través de la ruta digital. En este contexto, es donde falla el sistema de Copyright y donde trata de imponerse Creative Commons, también conocido como Copyleft. Mientras el viejo modelo, que tiene más de veinte años, se basa en el previo consentimiento del autor para la reproducción de la obra, acción que debe realizarse caso por caso, Creative Commons agiliza dicho proceso con una simple aprobación en la que el creador da permiso a la total distribución de su trabajo.
El Copyright es un modelo que lleva la frase “todos los derechos reservados”. Por su parte, Creative Commons cita “algunos derechos reservados”. Así se describe perfectamente la gran diferencia en el modo de aplicación de cada uno. En algunos casos, el Copyright permanecerá como la opción más conveniente, en otras situaciones las ventajas y facilidades del Copyleft resultarán más valiosas. Sin embargo, Creative Commons se impone como una filosofía de “hacer lo correcto” para el beneficio de la sociedad, y esta visión viola las estructuras económicas. Es por eso, que muchos investigadores rechazan esta ola de libertades, porque consideran que aceptando sus reglas están regalando sus trabajos.
Un problema en la falta de ética y desinterés
Es en la práctica donde se ve claramente la problemática que hoy afrontan los sistemas de derechos de autor, y es Internet el espacio propicio para accionar sin escrúpulos sobre el trabajo de otros. La tecnología nos proporciona un lugar al que se acerca cada sociedad, y al que se provee de una interminable sucesión de obras de todo tipo. Tomar un trabajo y quitarle los créditos correspondientes es una acción que suele carecer de consecuencias legales, simplemente por el hecho de la dificultad de tomar medidas contra una persona o empresa que está del otro lado del mundo, por lo que una simple comunicación electrónica se convierte generalmente en el único medio para llegar al punto del conflicto. Porque es posible, incluso, que aquél que haya reproducido la obra y que ha sido descubierto por su creador original, no haya sido testigo de los derechos establecidos sobre la misma, tal vez porque la copió de otro lugar que la presentó sin calificación alguna. Es la interactividad en el mundo de Internet y el a veces desinterés por incluir los datos del autor, la problemática que hoy se está tratando de enfrentar. Es un caos que afrontan aquellos autores de poco reconocimiento, y que no tienen los recursos ni el tiempo para dedicarse a analizarlos. En este sentido, ambos modelos son vulnerables.
Cómo funciona y aplica Creative Commons
El público y las áreas culturales cubiertas por Creative Commons son realmente muy amplios, sin embargo se distinguen ventajas evidentes para los pequeños autores, y más aún en el caso de aquellos que producen sitios web, dado que es este último el ámbito idóneo para su desarrollo. Sin embargo, el aparente simple modelo de aplicación que se presenta desde el sitio de CC, no aclara en grandes términos la necesidad de registro previo en la Propiedad Intelectual, para que las creaciones sean protegidas legalmente. Generar una licencia en Creative Commons no da lugar a ningún tipo de registro de la obra, y en este marco, es un trámite simple y gratuito. Por lo tanto, Creative Commons se aplica sobre las propiedades de autor, incluso por encima del Copyright, y su vigencia nunca acaba una vez que una persona ha tomado la obra del autor. Sí genera en la práctica, y sin consideración de los aspectos legales, una especie de clave en la comunidad online, de modo tal de que sea observado un interés por parte del autor en la distribución de sus obras. Lo que se crea y promueve en la obra es un símbolo que impulsa el intercambio de ideas. Y es recomendable un registro en la Propiedad Intelectual antes de ir a buscar una licencia CC.
El modo en el que se genera una licencia, como ya se comentó, es extremadamente sencillo. Basta responder a unas preguntas para seleccionar el tipo de licencia que uno desea incorporar a su trabajo, y el resultado es un código que muestra el logo de Creative Commons y un vínculo a la información correspondiente al licenciamiento que gira en torno a la obra. Paralelamente, existe un buscador de CC que recoge aquellos contenidos online, lo cual es un sistema de búsqueda que hoy ya ha incorporado Google a sus opciones avanzadas, basándose en la fuente original.
También, las obras offline pueden hacer uso de una licencia Creative Commons. El caso más notable y que mayor impulso le ha dado a estos nuevos términos, es el del diario español 20 Minutos, que desde principio de año reproduce, en la última página de cada edición, su interés por la libre distribución de sus notas periodísticas. “Creemos en la libre circulación de las ideas y, como prensa libre, nos hemos sumado a un movimiento internacional imparable: el de multitud de músicos, científicos, escritores, blogueros y profesores de universidad que ya están utilizando este tipo de licencias Creative Commons u otras similares para proteger sus obras a la vez que las comparten con los demás”, expresó a los lectores el Director de 20 Minutos, Arsenio Escolar.
Las cuatro variables de Creative Commons
Las licencias CC se basan en 4 parámetros, que por combinatoria se transforman en 11 modalidades, y permiten la elección de los términos en los que se quiere distribuir la creación. A diferencia del estricto modelo del Copyright, aquí se entiende el uso de la frase “algunos derechos reservados”.
– Atribución: permite a otros copiar, distribuir, mostrar y ejecutar el trabajo y/o trabajos derivados de éste, sólo si ellos dan al creador el crédito correspondiente.
– No comercial: permite a otros copiar, distribuir, mostrar, y ejecutar el trabajo y otros trabajos derivados basados en éste, sólo para propósitos no comerciales.
– Sin trabajos derivados: permite a otros copiar, distribuir, mostrar y ejecutar sólo copias literales del trabajo, no trabajos derivados basados en éste.
– Compartir bajo condiciones similares: permite a otros distribuir trabajos derivados sólo bajo una licencia idéntica a la licencia que reguló su trabajo.
Por combinatoria, uno puede marcar como pautas de distribución, por ejemplo, Atribución (para no perder el crédito del trabajo) — No comercial (para que la obra no sea vista en entornos comerciales, para lo cual sí se va a requerir de la autorización del autor, quien puede convenir un beneficio económico a partir de ello) — Sin trabajos derivados (para que el trabajo original no sea modificado). Este ejemplo, se sintetiza como la licencia by-nc-nd (por sus siglas en inglés).
También, puede optarse por elegir la licencia de Dominio Público, que bajo la frase “ningún derecho reservado”, es la máxima expresión de CC. No obstante, esta última opción, que consiste en liberar por completo una obra, es criticada por varios expertos en el sentido de cuestionar, ¿para qué uno va a regalar su trabajo? ¿No está también una obra con todos o ciertos derechos en el dominio público? Más allá del debate, el objetivo es plantear y evidenciar los dos extremos, en lo que se refiere a las restricciones del Copyright tradicional y a las libertades del Copyleft.
¿Qué tan libre es Creative Commons?
Creative Commons proyecta una filosofía con orígenes en la Free Software Foundation, observando la necesidad por implementar nuevas reglas en la protección y distribución de creaciones culturales (que abarcan proyectos en educación, música, cine, literatura, arte, fotografía, etc.). Es un organismo aún muy joven, con mucho interés en cambiar las cosas.
En un principio, el proyecto Creative Commons contó con el apoyo de Stallman, pero más tarde, el interés del mayor exponente del movimiento del software libre cambió. Porque el mensaje que presenta Creative Commons no tiene claro las libertades en las que basa sus licenciamientos, y es flexible en cuanto a la relación con otros modelos de protección de los derechos de autor. Stallman nos explicó que, “la idea básica del movimiento del Free Software es que a los usuarios se les tienen permitidas ciertas libertades esenciales. Preparamos GNU GPL para defender esas libertades. Aprobamos todas las licencias que las respetan; condenamos aquellas que las pisotean. Las ideas de Creative Commons no se parecen en nada a esto. Creative Commons no dice que ciertas libertades son esenciales, o que ciertas licencias están mal”. Es la especificación de las libertades básicas en las que deben distribuirse las obras lo que no tiene Creative Commons, lo cual lo convierten en una mejora a los tradicionales sistemas, ya que precisamente se apoya en ellos. Stallman, de acuerdo con la libertad para la distribución no comercial de copias literales, se opone a la reciente incorporación de las licencias Developing Nations y Sampling. ¿Es una iniciativa libre? Puede ser que no, al menos Stallman no lo considera así, pero sí es una propuesta diferente, innovadora para el contexto en el que se aplica, que ha iniciado un fuerte debate, y que tiene mucho futuro por delante.
Para ampliar el tema
– Ariel Vercelli es uno de los representantes de Argentina de CC, y recientemente ha publicado el libro, La Conquista Silenciosa del Ciberespacio: Creative Commons y el diseño de entornos digitales como nuevo arte regulativo en Internet. Se trata de una interesante opción, disponible gratis en formato electrónico, para conocer en detalle las propuestas del Copyleft y otros aspectos que hacen y condicionan a la red de redes. http://www.arielvercelli.org
– Un excelente artículo del desarrollador Benjamin Mako Hill, en la que se describen las similitudes y diferencias con el Free Software y el Open Source. http://www.advogato.org/article/851.html
– La página de CC, para informarse de forma rápida, con entretenidas caricaturas y casos concretos, sobre el uso de las diferentes licencias. http://www.creativecommons.org
Autor: David Alejandro Yanover, Director de MasterMagazine.
Publicado en la revista NEX IT Specialist, edición 21, http://www.nexweb.com.ar